"Describe las características esenciales de la Constitución democrática de 1869."

 

Para alcanzar la máxima calificación será necesario hablar de:

 

  • Contexto:

  1. Revolución de 1868. Causas: crisis económica y política. La alianza de la oposición a Isabel II: el Pacto de Ostende. Pronunciamiento de la escuadra en Cádiz al mando del almirante Topete en septiembre de 1868. Exilio de la reina Isabel II en Francia.

    1.  Gobierno Provisional de Serrano y Prim, elecciones por sufragio universal masculino a Cortes Constituyentes. Triunfo de los partidos en el gobierno: progresistas, unionistas y demócratas monárquicos, también presencia de dos minorías: carlistas y republicanos.

  1. Las Cortes de 1869 promulgaron la primera Constitución democrática española. Aspectos fundamentales de la Constitución de 1869:

    1. Avanzada declaración de derechos individuales, se garantizaba la inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia, libertad de imprenta, libertad de culto, libertad de enseñanza, derecho de reunión y asociación. o Sufragio universal masculino.

o    Soberanía nacional.

  1. División de poderes. Cortes bicamerales, con amplias atribuciones para legislar, controlar al gobierno y limitar el poder del rey.

o    Monarquía parlamentaria como forma de gobierno

    1. Autonomía de los gobiernos locales (ayuntamientos y diputaciones) y reforma de los gobiernos de las provincias de Ultramar.

  1. La Constitución de 1869 se mantuvo vigente durante el Sexenio Democrático, aunque en la I República fue aprobado un proyecto de Constitución Federal (1873). Con la Restauración Borbónica, la Constitución de 1869 fue reemplazada por la de 1876.


Exilio Isabel II (octubre de 1868) Gobierno provisional (Serrano) progresistas

 

unionistas,

 

disolución Juntas revolucionarias orientación republicana

 

principales ciudades

 

consolidaron en los núcleos urbanos

 

convocatoria de elecciones Constituyentes (enero de 1869) por sufragio universal masculino

 

mayoría los progresistas

 

demócratas

 

unionistas

 

republicanos

 

carlistas (pocos)

 

 

 

nueva constitución (1 de junio de 1869) novedades: Monarquía parlamentaria

 

Soberanía nacional.

 

Poder ejecutivo por el rey

 

por sus ministros,

 

respondían ante las Cortes,

 

rey promulga

 

sanciona leyes.

 

suspender Cortes una vez por legislatura.

 

Poder legislativo las cortes bicamerales

 

sufragio universal masc

 

Senado electivo

 

principio representación

 

territorial (4 senadores por provincia)

 

Poder judicial. tribunales de justicia

 

independientes.

 

Amplias libertades libertad de cultos, (Estado mantiene culto católico)

 

derechos individuales

 

libertad residencia

 

enseñanza

 

inviolabilidad del correo

 

condiciones de la detención legal.

 

 

 

Exilio Isabel II (octubre de 1868) Gobierno provisional (Serrano) progresistas  unionistas,     disolución Juntas revolucionarias orientación republicana    principales ciudades   consolidaron en los núcleos urbanos    convocatoria de elecciones Constituyentes (enero de 1869) por sufragio universal masculino     mayoría los progresistas      demócratas      unionistas      republicanos      carlistas (pocos)      nueva constitución (1 de junio de 1869) novedades: Monarquía parlamentaria      Soberanía nacional.       Poder ejecutivo por el rey       por sus ministros,      respondían ante las Cortes,      rey promulga       sanciona leyes.       suspender Cortes una vez por legislatura.       Poder legislativo las cortes bicamerales       sufragio universal masc       Senado electivo       principio representación      territorial (4 senadores por provincia)       Poder judicial. tribunales de justicia      independientes.      Amplias libertades libertad de cultos, (Estado mantiene culto católico)      derechos individuales       libertad residencia      enseñanza       inviolabilidad del correo       condiciones de la detención legal.